La consulta está mas bién radicada en el ámbito de las buenas costumbres que en el ámbito técnico.
No hay dudas de donde hallar URL´s. Si hay algo que abunda en estos dias , son ellas....
Por otro lado siguiendo las directivas expuestas en la documentación de ODP y de este foro uno tiene todos los elementos para filtrar dichas URL y quedarse con aquellas que cumplimentan los guidelines del ODP a las cuales de aquí en mas llamaré URL( a ) . La (a) va por apta para el ODP
Planteando la cuestión de este thread:
Supongamos que un editor dispone de una URL(a). O sea, un sitio apto para estar referenciado en el ODP en una determinada categoría. Ahora bién...
Como ha llegado a ella ? Y en ciertos casos, hasta que punto puede disponer de la misma para incluirla en el directorio si no estuvo previamente en contacto con los responsables del sitio?
Solo con fines de transmitir mi inquietud, me atrevo a clasificar de la siguiente forma los origenes de una URL a ser considerada para incluir en el directorio:
1) Los responsables de la URL lo solicitan.
Un Webmaster o Domain-Owner se contacta con la ODP solicitando el ingreso de su sitio en una determinada categoría y este requisito llega directamente o por derivación a la consideración del Editor responsable. Naturalmente si el sitio es apto URL(a). el trámite sigue su curso.
2) Un Editor la localiza por su propia iniciativa
La localiza navegando en la WEB , por sus contactos profesionales o laborales, o sencillamente por tener los ojos abiertos. Distingo en este caso dos procesos posibles;
. 2-1) Localizar responsables Intenta contactar a los responsables de la URL y sugiere la inclusión de la misma en el ODP
. 2-2) Incluirla y eventualmente luego anunciarlo. Al considerarla apta, sin mas trámite la intenta incorporar al ODP y eventualmente hecho esto avisa o no a los responsables del evento consumado.
En Síntesis
El caso 2-2 es el que me ocupa. Es aceptable incluir en el ODP una URL que siendo apta , URL(a), y habiendo pasado por la verificación de los editores pero aún sin conocimiento de los responsables del sitio. ?
Cual es el procedimiento correcto desde el punto de vista del ODP?
Hay estadísticas en ODP respecto a la ontogenia de las URL incorporadas.(Cuantas por solicitud y cuantas por iniciativa de los editores) ?
Ruego me disculpen si he sido excesivamente extenso para esta consulta. Si bién puede responderse según el sentido común, sería de interés la dictada por las normas y procedimientos y en definitiva que es lo que la comunidad espera de un Editor.
Gracias por vta atención sobre el particular.
No hay dudas de donde hallar URL´s. Si hay algo que abunda en estos dias , son ellas....
Por otro lado siguiendo las directivas expuestas en la documentación de ODP y de este foro uno tiene todos los elementos para filtrar dichas URL y quedarse con aquellas que cumplimentan los guidelines del ODP a las cuales de aquí en mas llamaré URL( a ) . La (a) va por apta para el ODP
Planteando la cuestión de este thread:
Supongamos que un editor dispone de una URL(a). O sea, un sitio apto para estar referenciado en el ODP en una determinada categoría. Ahora bién...
Como ha llegado a ella ? Y en ciertos casos, hasta que punto puede disponer de la misma para incluirla en el directorio si no estuvo previamente en contacto con los responsables del sitio?
Solo con fines de transmitir mi inquietud, me atrevo a clasificar de la siguiente forma los origenes de una URL a ser considerada para incluir en el directorio:
1) Los responsables de la URL lo solicitan.
Un Webmaster o Domain-Owner se contacta con la ODP solicitando el ingreso de su sitio en una determinada categoría y este requisito llega directamente o por derivación a la consideración del Editor responsable. Naturalmente si el sitio es apto URL(a). el trámite sigue su curso.
2) Un Editor la localiza por su propia iniciativa
La localiza navegando en la WEB , por sus contactos profesionales o laborales, o sencillamente por tener los ojos abiertos. Distingo en este caso dos procesos posibles;
. 2-1) Localizar responsables Intenta contactar a los responsables de la URL y sugiere la inclusión de la misma en el ODP
. 2-2) Incluirla y eventualmente luego anunciarlo. Al considerarla apta, sin mas trámite la intenta incorporar al ODP y eventualmente hecho esto avisa o no a los responsables del evento consumado.
En Síntesis
El caso 2-2 es el que me ocupa. Es aceptable incluir en el ODP una URL que siendo apta , URL(a), y habiendo pasado por la verificación de los editores pero aún sin conocimiento de los responsables del sitio. ?
Cual es el procedimiento correcto desde el punto de vista del ODP?
Hay estadísticas en ODP respecto a la ontogenia de las URL incorporadas.(Cuantas por solicitud y cuantas por iniciativa de los editores) ?
Ruego me disculpen si he sido excesivamente extenso para esta consulta. Si bién puede responderse según el sentido común, sería de interés la dictada por las normas y procedimientos y en definitiva que es lo que la comunidad espera de un Editor.
Gracias por vta atención sobre el particular.